Estimada demanda interpuesta por Fasamet, Sindicato Médico de Aragón

04 de junio de 2020

La Sentencia, de fecha 3 de Junio de 2020, declara que las Administraciones empleadoras demandadas HAN VULNERADO los derechos de los trabajadores en materia de prevencion de riesgos laborales, poniendo en riesgo grave su vida, su integridad física y su salud.

La Sentencia relata en 128 extensos folios que la pandemia NO es un supuesto de fuerza mayor, imprevisible e inevitable, abriendo el camino a centenares de denuncias por desprotección en todas las Comunidades Autónomas.

La jueza ha destacado la desprotección del personal que se encontraba en primera línea del combate contra el virus y pone de manifiesto que los empleados y trabajadores sanitarios podrían haber interrumpido y abandonado su actividad, pero gracias a su vocación de servicio a los demás, no sólo no han paralizado su trabajo, sino que lo han desarrolado heroicamente.

El fallo es importante además, porque repasa la cronología de la pandemia y los avisos sobre la misma que las autoridades internacionales hicieron a España.

Para la magistrada, la necesidad de realizar acopio de EPIS para los sanitarios "era previsible", desde el momento en que también lo era que la pandemia alcanzara a nuestro país, ya fuera en mayor o menor medida, antes o después.

La imprevisibilidad esgrimida por los organismos demandados en su defensa, resulta desvirtuada por los numerosos avisos de la O.M.S. EN ENERO Y FEBRERO DE 2020, así como por los propios informes del gobierno de los cuáles se desprende que en España se conocía el riesgo y los datos de la O.M.S., otra cosa es que se confiara en que la propagación no fuese de la intensidad que finalmente ha sido; pero la Administración debe actuar siempre con precaucion y prevision, por su DEBER COMO EMPLEADORA, y por haber tenido en su mano la posibilidad de haber aliviado los graves riesgos a los que se exponían los trabajadores sanitarios y por extensión, el resto de la población.

 

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